En España, tramitar una herencia implica una cadena de trámites ante distintos organismos — el Registro Civil, el Ministerio de Justicia, el notario, Hacienda y el Registro de la Propiedad — cada uno con sus propios plazos y documentos. Sin un mapa claro, es fácil perder semanas dando vueltas.

Esta guía te lo explica todo en orden, paso a paso.

¿Cuánto tiempo tienes para tramitar una herencia?

No hay un plazo legal para aceptar la herencia, pero sí para pagar el Impuesto de Sucesiones: 6 meses desde el fallecimiento. Pasado ese plazo empiezan a correr intereses de demora.

Puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses antes de que venza el plazo original. Conviene pedirla con tiempo, porque la solicitud debe presentarse antes de los 5 primeros meses.

Importante: El plazo de 6 meses es el más crítico de todo el proceso. Si se acerca y aún no tienes todos los documentos, pide la prórroga antes de que venza — es un trámite sencillo que evita recargos e intereses.

Los 7 pasos para tramitar una herencia en España

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Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades

El proceso empieza en el Registro Civil. Necesitas el certificado de defunción, que normalmente tramita la funeraria, pero puedes pedirlo tú también.

Con el certificado en mano, y pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, puedes solicitar el Certificado de Últimas Voluntades al Ministerio de Justicia. Este documento confirma si el fallecido hizo testamento y en qué notaría está registrado.

  • Se solicita online en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o en persona
  • Coste: 3,78 € (tasa oficial)
  • También es el momento de solicitar el Certificado de Seguros de Vida — muchas herencias incluyen pólizas que los herederos desconocen
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Localizar y obtener el testamento

Si el certificado de últimas voluntades confirma que hay testamento, debes pedir una copia autorizada a la notaría donde se otorgó. Solo los herederos pueden solicitarla.

Si no hay testamento, se aplica la sucesión intestada: el notario levanta un acta de declaración de herederos que establece quiénes heredan según el orden legal (cónyuge, hijos, padres, hermanos…). Este trámite puede alargarse si hay herederos que localizar.

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Hacer el inventario de bienes y deudas

Antes de aceptar, conviene saber exactamente qué se hereda. El inventario incluye activos y pasivos:

  • Activos: inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones, joyas, obras de arte, seguros de vida
  • Pasivos: hipotecas, préstamos personales, deudas con Hacienda o la Seguridad Social

Los bancos están obligados a informar del saldo en la fecha del fallecimiento. Para los inmuebles, necesitarás las escrituras o una nota simple del Registro de la Propiedad.

¿Prefieres que lo gestionemos nosotros?

Nos encargamos de todos los pasos — documentación, notaría, impuestos y registro. Tú solo firmas el día de la cita.

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Decidir: aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar

Con el inventario en mano, cada heredero decide cómo relacionarse con la herencia. Hay tres opciones:

  • Aceptación pura y simple: heredas bienes y deudas. Si las deudas superan los bienes, responderás con tu patrimonio personal.
  • Aceptación a beneficio de inventario: heredas los bienes pero tu responsabilidad se limita a lo heredado. Protege tu patrimonio si las deudas son inciertas.
  • Repudiación (renuncia): renuncias a todo — no heredas nada, ni bienes ni deudas. Es irrevocable.

Si hay dudas sobre las deudas del fallecido, la aceptación a beneficio de inventario es la opción más prudente.

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Firmar la escritura de herencia ante notario

Este es el paso central. Todos los herederos acuden a la notaría a firmar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, que establece formalmente quién hereda qué.

Si algún heredero no puede acudir en persona, puede otorgar un poder notarial para que otro firme en su nombre — especialmente útil para españoles residentes en el extranjero.

El notario comprueba la documentación, redacta la escritura y la protocoliza. A partir de aquí, la escritura es el título que acredita la propiedad de lo heredado.

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Liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Es el impuesto cedido a las comunidades autónomas, por lo que la cantidad a pagar varía enormemente según dónde residía el fallecido. Hay comunidades con bonificaciones del 99% para herederos directos y otras donde el impuesto puede ser muy significativo.

  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable 6 meses más)
  • Dónde se presenta: en la comunidad autónoma de residencia del fallecido
  • Madrid: bonificación del 99% para cónyuge, hijos y padres
  • Cataluña, País Vasco, Navarra: tienen sus propias normativas forales (ver sección de derecho foral más abajo)
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Cambio de titularidad e inscripción registral

Con la escritura de herencia liquidada y sellada por Hacienda, llega el último paso: poner cada bien a nombre del heredero.

  • Inmuebles: inscripción en el Registro de la Propiedad (plazo no obligatorio, pero muy recomendable)
  • Vehículos: transferencia en la DGT (plazo: 30 días)
  • Cuentas y depósitos: comunicación al banco con copia de la escritura
  • Inversiones y fondos: notificación a la gestora

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia con NotaríaExpress?

El coste total de una herencia tiene tres componentes que conviene distinguir desde el principio:

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Los tres componentes del coste total son:

  • Honorarios de gestión (NotaríaExpress): nos encargamos de toda la documentación, coordinamos la notaría y te acompañamos en cada paso. Desde 1.200€ + IVA.
  • Arancel notarial: regulado por el Estado, proporcional al valor de la herencia.
  • Impuesto de Sucesiones: varía según la comunidad autónoma, el grado de parentesco y el valor de los bienes. En muchas comunidades, los herederos directos pagan muy poco o nada.

Las consultas previas siempre son gratuitas. Si nos cuentas tu caso, te damos un presupuesto claro sin compromisos.

Particularidades por comunidad autónoma: el derecho foral

España tiene varias comunidades con derecho civil propio que afecta a las herencias. Si el fallecido tenía vecindad civil en alguna de estas comunidades, las reglas pueden ser distintas a las del Código Civil común:

Cataluña

Rige el Codi Civil de Catalunya. La legítima es solo del 25% (frente al 50% del derecho común) y hay más libertad para testar.

País Vasco

Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco. Permite la comunicación foral de bienes y tiene particularidades en el régimen conyugal.

Navarra

Fuero Nuevo de Navarra: máxima libertad testamentaria. No existe legítima formal como en el derecho común.

Aragón

Código de Derecho Foral de Aragón. Reconoce el consorcio conyugal y la fiducia sucesoria.

Galicia

Ley de Derecho Civil de Galicia. Permite el pacto de mejora y la apartación como figuras propias.

Baleares

Compilación del Derecho Civil de las Illes Balears, con diferencias entre las distintas islas.

Si la herencia tiene bienes en varias comunidades o el fallecido vivía en el extranjero, la complejidad aumenta. En esos casos, tener un equipo gestor con experiencia marca la diferencia.