Cuando una pareja decide separarse y está de acuerdo en todo, no siempre hace falta pasar por el juzgado. Desde 2015, si se cumplen ciertos requisitos, el divorcio puede firmarse directamente ante notario, en una sola cita.
Es una vía más ágil que la judicial, pero no está disponible para todos los casos. Te contamos exactamente qué hace falta y cómo es el proceso, paso a paso.
Requisitos para divorciarse de mutuo acuerdo ante notario
Para que el notario pueda formalizar el divorcio deben cumplirse, a la vez, estas condiciones:
- Mutuo acuerdo. Ambos cónyuges deben querer divorciarse y estar de acuerdo en las condiciones: reparto de bienes, vivienda, pensiones si las hay.
- Sin hijos menores de edad ni hijos con la capacidad modificada judicialmente que dependan de vosotros. Los hijos mayores económicamente dependientes no impiden esta vía, pero deben prestar su consentimiento ante notario sobre las medidas que les afecten.
- Al menos tres meses de matrimonio. Es el plazo mínimo que exige la ley desde la celebración de la boda.
- Ambos asistidos por letrado. Es obligatorio en el momento de firmar, aunque el trámite se haga ante notario y no ante un juez.
El proceso, paso a paso
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Consulta y comprobación de requisitos
Revisamos vuestra situación —bienes, vivienda, hijos, pensiones— y confirmamos que encaja en la vía notarial. La consulta previa es siempre gratuita.
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Redacción del convenio regulador
Es el documento donde se recogen todos los acuerdos: reparto de bienes, uso de la vivienda, pensiones si corresponden, y cualquier otra condición pactada. Suele ser el paso que más tiempo lleva.
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Revisión por los letrados
Ambos abogados —o el abogado compartido— revisan el convenio antes de la firma para garantizar que se ajusta a la ley y protege los intereses de las dos partes.
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Cita y firma ante notario
Ambos cónyuges deben comparecer personalmente ante el notario, asistidos por sus letrados, para prestar su consentimiento y firmar la escritura de divorcio.
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Inscripción en el Registro Civil
El notario remite la escritura al Registro Civil para su inscripción. Desde ese momento el divorcio produce plenos efectos legales, igual que si viniera de una sentencia judicial.
¿Estáis de acuerdo y queréis empezar?
Revisamos vuestro caso, redactamos el convenio regulador y coordinamos la cita notarial. Consulta previa siempre gratuita.
Qué documentación necesitáis
Antes de la firma, la notaría y vuestros letrados os pedirán una serie de documentos básicos para preparar el expediente:
- DNI o pasaporte en vigor de ambos cónyuges.
- Certificado de matrimonio actualizado, expedido por el Registro Civil.
- Libro de familia, si lo tenéis, para acreditar la situación familiar.
- Documentación de los bienes a repartir, si el convenio incluye vivienda, cuentas u otros bienes comunes.
Nosotros os indicamos exactamente qué necesitáis según vuestro caso concreto desde la primera consulta, para que no perdáis tiempo reuniendo papeles de más.
Qué NO se puede hacer ante notario
Hay dos situaciones en las que la vía notarial no está disponible, aunque el divorcio siga siendo de mutuo acuerdo:
Y también es obligatoria la vía judicial cuando no hay acuerdo total entre los cónyuges: sin mutuo acuerdo, el notario no puede intervenir en ningún caso, y el procedimiento pasa a ser contencioso.
Si vuestro caso encaja en alguno de estos supuestos, seguimos pudiendo ayudaros a preparar el convenio regulador antes de acudir al juzgado. Y si lo que buscáis no es un divorcio sino cambiar vuestro régimen económico matrimonial, revisad nuestro servicio de capitulaciones matrimoniales.
Otras dudas frecuentes sobre esta vía
Si queréis entender mejor por qué se le llama popularmente "divorcio exprés" y cuánto se tarda en la práctica, lo desarrollamos en divorcio exprés: qué es y cómo se hace ante notario. Y si tenéis más dudas sobre el proceso en general, tenemos una guía completa en divorcio ante notario en España.