«SL express» no es un tipo de sociedad. Es una sociedad limitada normal que se constituye por vía telemática, a través del sistema CIRCE y del Documento Único Electrónico, usando estatutos tipo aprobados por el Ministerio de Justicia. Con esa combinación, la ley fija plazos muy cortos para la escritura y la inscripción.
Lo que la ley acorta es el procedimiento. Una constitución completa suele llevar habitualmente entre 5 y 10 días hábiles, porque también intervienen la denominación, el banco y la preparación de la documentación. Te explicamos cada parte.
¿Qué es una SL express y qué no es?
Una SL express es una SL como cualquier otra. La diferencia está en cómo se constituye: por vía telemática y con estatutos tipo, es decir, con un modelo cerrado que no se redacta desde cero.
El nombre «express» encaja con nuestra forma de trabajar, pero el argumento no es hacerlo deprisa. Es hacerlo bien y sin vueltas. Cuando el proyecto encaja en el modelo, la vía telemática evita trámites innecesarios.
Si todavía estás decidiendo entre sociedad y autónomo, lo comparamos en autónomo o sociedad limitada. Y si quieres el proceso general de principio a fin, lo explicamos en cómo constituir una sociedad limitada en España.
¿Qué plazos marca la ley para constituir una SL express?
La Ley 14/2013 (artículos 15 y 16) fija plazos distintos según se usen estatutos tipo o no. La tabla resume la diferencia.
| Fase | Con estatutos tipo | Con estatutos a medida |
|---|---|---|
| Modelo de estatutos | Modelo cerrado aprobado por el Ministerio de Justicia | Redactados a medida de los socios |
| Autorización de la escritura | En 12 horas hábiles desde que el notario recibe la documentación (escritura en formato estandarizado) | No aplica este plazo |
| Inscripción en el Registro Mercantil | Calificación e inscripción en 6 horas hábiles | Inscripción inicial en 6 horas hábiles y definitiva en el plazo ordinario de 15 días |
Son plazos del procedimiento, no un compromiso nuestro sobre el conjunto del trámite. El tiempo real también depende de la documentación que aportéis y de terceros, como el banco.
Cada paso tiene su plazo: primero el notario autoriza la escritura y después el registrador mercantil la califica e inscribe. Por eso conviene tener la documentación completa desde el principio, porque cualquier corrección retrasa el paso siguiente.
¿Qué hace falta tener listo antes de empezar?
Antes de la escritura hay un paso previo: el certificado negativo de denominación del Registro Mercantil Central, que cuesta unos 14€. Sirve para comprobar que no existe ya otra sociedad inscrita con el mismo nombre. Después, conviene tener claros estos puntos:
- Nombre, objeto social y domicilio de la sociedad.
- Capital social. El mínimo legal es de 1€ desde la Ley 18/2022 («Crea y Crece»), pero lo habitual en la práctica sigue siendo 3.000€.
- Socios y administrador. Quiénes son, qué aporta cada uno y quién va a administrar la sociedad.
- Forma de firma. Presencial o por videoconferencia. La firma por videoconferencia es posible según la Ley 11/2023.
¿Cuándo NO conviene la vía express?
Los estatutos tipo son un modelo cerrado. No admiten pactos a medida, como:
- Mayorías reforzadas en la junta.
- Restricciones a la transmisión de participaciones.
- Prestaciones accesorias de los socios.
Si con varios socios queréis reflejar alguno de estos pactos, suele compensar redactar estatutos a medida, aunque la constitución tarde unos días más. Si el proyecto es sencillo y no necesitáis ninguno de ellos, la vía express suele ser la opción más directa.
¿Quieres saber si tu SL puede constituirse por vía express?
Revisamos tu caso y te decimos qué vía encaja mejor. Consulta previa siempre gratuita.
¿Cuánto cuesta una SL express?
Nuestra tramitación cuesta desde 300€ + IVA. El arancel notarial e impuestos van aparte, igual que los gastos del Registro Mercantil y el certificado de denominación (unos 14€).
Como la cifra final depende de cada caso, te damos el desglose antes de empezar. Puedes ver el detalle del servicio en constitución de sociedades.
¿Qué errores conviene evitar al elegir la vía express?
En la mayoría de los casos, los tropiezos vienen de decidir sin tener el proyecto claro. Tres errores frecuentes:
- Elegir la vía sin revisar los pactos. Si queréis un acuerdo que los estatutos tipo no recogen, hay que saberlo antes de empezar, no después.
- Preparar la documentación sin tener decidido el capital y el reparto entre socios. Cambiar esos datos a mitad del trámite lo retrasa.
- Dar por hecho un plazo único. Los plazos de la ley son de cada paso del procedimiento, no del conjunto.
¿Cómo lo hacemos?
Somos un servicio de asesoramiento notarial: preparamos todo y la firma la autoriza el notario que elijas. Nuestro proceso tiene cuatro pasos:
- Consulta previa gratuita. Revisamos si tu proyecto encaja en la vía express o si conviene estatutos a medida.
- Revisión de los datos. Confirmamos nombre, objeto, domicilio, capital, socios y administrador, y te explicamos qué falta.
- Documentación y coordinación. Preparamos los documentos y coordinamos con la notaría que elijas, incluida la firma si es por videoconferencia.
- Seguimiento del trámite. Te acompañamos durante el trámite hasta la inscripción en el Registro Mercantil.
No prometemos un plazo concreto, porque depende de la documentación y de terceros. Puedes ver el detalle del servicio en constitución de sociedades.
Si la sociedad ya existe y necesitas elevar un acuerdo a público, lo explicamos en actas de junta: cuándo elevarlas a público.