La regla no escrita del sector inmobiliario es que los gastos de compraventa se comen entre un 8% y un 12% extra del precio de la vivienda. En una casa de 200.000€, eso son entre 16.000€ y 24.000€ que nadie te menciona en el anuncio.

La buena noticia: todos esos gastos son previsibles. Si los conoces antes de negociar el precio, puedes planificar sin sorpresas.

En este artículo

  • Todos los gastos del comprador (impuesto, notaría, registro, gestoría)
  • Todos los gastos del vendedor (plusvalía, IRPF, notaría)
  • La diferencia clave entre ITP e IVA
  • Cuánto cobra un notario en una compraventa
  • El ITP por comunidad autónoma (grandes diferencias)

Gastos del comprador: el grueso está en los impuestos

El comprador asume la mayor parte de los gastos. El desglose habitual para una vivienda de segunda mano en Madrid de 200.000€:

Concepto Importe estimado Notas
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) 14.000€ 7% en Madrid · varía por comunidad autónoma (6–10%)
Notaría — gastos de escrituración 700–900€ Arancel notarial regulado por el Estado · proporcional al precio de la vivienda
Registro de la Propiedad 300–500€ Inscripción a nombre del nuevo propietario
Gestoría Desde 399€ + IVA Presentación del impuesto e inscripción registral
Total aproximado ~16.000–17.000€ ~8% sobre el precio de compra
Vivienda nueva vs. segunda mano: si compras directamente al promotor, no pagas ITP — pagas IVA del 10% más el AJD (Actos Jurídicos Documentados, entre 0,5% y 1,5% según la comunidad). El total es habitualmente algo mayor que en segunda mano.

El ITP por comunidad autónoma: diferencias muy relevantes

El ITP está cedido a las comunidades autónomas, que fijan su propio tipo general. La diferencia entre comunidades puede suponer miles de euros en la misma operación:

Comunidad autónoma Tipo general ITP Notas
Madrid6%Tipo reducido, uno de los más bajos
Cataluña10%Tipo general; hay reducciones para jóvenes y familia numerosa
Comunidad Valenciana10%Tipo general
Andalucía7%Tipo general desde 2021
País Vasco4%Norma foral — tipo muy reducido
Navarra6%Norma foral
Galicia10%Tipo general
Castilla-La Mancha9%Tipo general
Islas Baleares8–13%Tramos progresivos según el valor
Canarias6,5%Tipo general

El tipo aplicable es el de la comunidad autónoma donde esté el inmueble, no donde vivas tú.

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Gastos del vendedor: menos, pero también existen

El vendedor tiene menos gastos en la notaría pero tiene que hacer frente a dos impuestos que a menudo se olvidan al calcular lo que se lleva neto de la operación.

1. Plusvalía municipal (IIVTNU)

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) grava el aumento de valor del suelo desde que el vendedor compró la vivienda. Lo gestiona el ayuntamiento de la ciudad donde está el inmueble.

Desde la sentencia del Tribunal Constitucional de 2021, si no hay incremento real de valor (vendes por menos de lo que compraste), puedes impugnar la liquidación o acreditar la pérdida para no pagar.

2. IRPF por ganancia patrimonial

La diferencia entre el precio de venta y el precio de compra original tributa en el IRPF como ganancia patrimonial. Los tipos van del 19% al 30% según el importe de la ganancia.

Hay dos exenciones importantes que conviene conocer:

  • Mayores de 65 años que venden su vivienda habitual: exentos totalmente.
  • Reinversión en vivienda habitual: si destinas el dinero a comprar otra vivienda habitual en menos de 2 años, puedes deducirte proporcionalmente.

3. Gastos de notaría del vendedor

El vendedor paga una parte del arancel notarial — habitualmente la correspondiente a su primera copia de la escritura, que suele ser una cantidad menor que la del comprador.

¿Quién paga qué? Resumen claro

CComprador

  • ITP (segunda mano) o IVA + AJD (obra nueva)
  • Notaría — escritura pública (parte principal)
  • Registro de la Propiedad
  • Gestoría para tramitar el impuesto

VVendedor

  • Plusvalía municipal
  • IRPF por ganancia patrimonial
  • Primera copia notarial (parte menor)
  • Honorarios de la agencia inmobiliaria (si la hay)
Nota: el reparto anterior es el habitual, pero comprador y vendedor pueden pactar libremente quién asume qué gastos — excepto los impuestos, que tienen un sujeto pasivo legal que no se puede trasladar contractualmente frente a Hacienda.

Aranceles notariales en una compraventa: cuánto cobra el notario

El arancel notarial está regulado por el Estado (RD 1427/1989). Todos los notarios de España aplican exactamente el mismo — no tiene sentido llamar a distintos notarios buscando el más barato, porque el precio es idéntico en todos.

Los gastos de escrituración dependen del precio de la vivienda. Esta tabla recoge los importes orientativos del arancel notarial total (comprador y vendedor) según el valor de la operación:

Precio de la vivienda Arancel notarial aproximado Notas
100.000€500–650€Importe total comprador + vendedor
150.000€600–750€
200.000€700–900€El caso más habitual
300.000€850–1.050€
400.000€1.000–1.200€
500.000€1.100–1.400€

Lo que sí puedes elegir es el notario: cualquiera de España puede formalizar la escritura, independientemente de dónde esté el inmueble. NotaríaExpress te ayuda a encontrar la notaría más conveniente para tu caso.

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