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División Horizontal

Divide legalmente un edificio en viviendas, locales o garajes independientes. Preparamos la constitución del régimen de propiedad horizontal y gestionamos su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Tiempo3–6 semanas
FirmaPor videoconferencia
CoberturaToda España
Qué es y para qué sirve

Cada vivienda o local como finca independiente, con su propia inscripción registral.

La división horizontal es el acto por el que un edificio o construcción se divide en elementos privativos (pisos, locales, trasteros, garajes…) y elementos comunes (portal, escaleras, cubierta…), constituyendo el régimen de propiedad horizontal o comunidad de propietarios.

Una vez inscrita la división horizontal, cada elemento privativo tiene su propia referencia registral independiente, puede venderse o hipotecarse por separado y tiene asignada una cuota de participación en los elementos comunes. Es requisito indispensable para vender viviendas o locales de un edificio de forma individual.

Tipos de división horizontal

División horizontal de edificio completo

El supuesto más habitual: un promotor o propietario divide el edificio antes de vender cada unidad.

Segregación de un elemento

Se separa una parte del edificio (un piso, un local) para constituirla en finca independiente, manteniendo el resto como está.

División horizontal sobre plano

Cuando la construcción está en curso. Permite pre-vender las unidades antes de que el edificio esté terminado.

Complejo urbanístico privado

Para urbanizaciones con elementos comunes (piscina, jardines, viales) entre varias viviendas unifamiliares.

Qué incluye nuestro servicio

Todo lo que va antes y después de la firma.

Coordinamos con el técnico que elabora el plano de división, verificamos la legalidad urbanística y redactamos los estatutos de la comunidad a medida.

  • Consulta inicial gratuita
  • Verificación de la situación registral y catastral del inmueble
  • Comprobación de la licencia o conformidad urbanística
  • Coordinación con el arquitecto para el plano de división
  • Cuadro de superficies y coeficientes de participación
  • Redacción de los estatutos de la comunidad de propietarios
  • Escritura de división horizontal por videoconferencia
  • Presentación e inscripción en el Registro de la Propiedad
  • Actualización catastral de cada finca independiente
Precio transparente

Presupuesto según el número de fincas y el valor del inmueble.

El coste depende del número de elementos a dividir y del valor del inmueble. Contáctanos y te presupuestamos todo de forma detallada antes de empezar.

Qué NO incluye nuestra tarifa

  • Arancel notarial. Calculado sobre el valor total de las fincas divididas. Te lo estimamos antes.
  • Impuesto AJD. La división horizontal devenga AJD en la mayoría de comunidades autónomas. Lo calculamos antes de empezar.
  • Honorarios del arquitecto. El plano de división y el cuadro de superficies lo elabora un arquitecto. No incluido en nuestra tarifa.
  • Tasas registrales. Una tasa por cada finca independiente resultante, pagadas directamente al Registro.
Preguntas frecuentes

Lo que la gente nos pregunta antes de empezar.

Si tu duda no está aquí, escríbenos y te respondemos lo antes posible. Las consultas previas son siempre gratuitas.

Cuéntanos tu caso
¿Necesito licencia del ayuntamiento para la división horizontal?

En muchos municipios no requiere licencia urbanística propia si el edificio ya tiene licencia de obras y la división respeta la edificabilidad otorgada. Algunos ayuntamientos sí exigen declaración responsable. Lo verificamos para tu municipio concreto.

¿Puedo vender los pisos antes de inscribir la división?

No es posible inscribir la venta de un piso concreto si no existe la finca registral independiente. Es posible firmar contratos privados de compraventa antes, pero la escritura pública y la transmisión registral de cada unidad requieren que la división horizontal esté previamente inscrita.

¿Los estatutos de la comunidad son obligatorios?

No son obligatorios, pero son muy recomendables. Sin estatutos, la comunidad se rige únicamente por la Ley de Propiedad Horizontal, que puede no adaptarse a las necesidades del edificio. Los estatutos permiten regular usos, reparto de gastos, quórum de reuniones, etc. Nosotros los redactamos a medida.

¿Qué diferencia hay entre división horizontal y segregación?

La división horizontal constituye el régimen de propiedad horizontal y crea todas las fincas registrales. La segregación separa una parte de una finca existente para crear una nueva finca independiente, sin necesariamente constituir propiedad horizontal. En edificios con varias unidades, siempre se recomienda la división horizontal.

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